En 1979, los
bioeticistas Tom L. Beauchamp y James F.
Childress, definieron los cuatro principios de la bioética: autonomía, no maleficencia, beneficencia y justicia. En un primer momento definieron que estos
principios son prima facie,
esto es, que vinculan siempre que no colisionen entre ellos, en cuyo caso habrá
que dar prioridad a uno u otro, dependiendo del caso.
Sin embargo, en 2003
Beauchamp considera que los
principios deben ser especificados para aplicarlos a los análisis de los casos
concretos, o sea, deben ser discutidos y determinados por el caso concreto a
nivel casuístico.
Los cuatro principios definidos por Beauchamp y Childress son:
Principio de autonomía La autonomía expresa la capacidad para darse
normas o reglas a uno mismo sin influencia de presiones externas o internas. El
principio de autonomía tiene un carácter imperativo y debe respetarse como
norma, excepto cuando se dan situaciones en que las personas puedan no ser
autónomas o presenten una autonomía disminuida (personas en estado vegetativo o
con daño cerebral, etc.), en cuyo caso será necesario justificar por qué no
existe autonomía o por qué ésta se encuentra disminuida. En el ámbito médico,
el consentimiento informado es la máxima expresión de este
principio de autonomía, constituyendo un derecho del paciente y un deber del
médico, pues las preferencias y los valores del enfermo son primordiales desde
el punto de vista ético y suponen que el objetivo del médico es respetar esta
autonomía porque se trata de la salud del paciente.
Principio de beneficencia Obligación de actuar en beneficio de otros,
promoviendo sus legítimos intereses y suprimiendo prejuicios. En medicina,
promueve el mejor interés del paciente pero sin tener en cuenta la opinión de
éste. Supone que el médico posee una formación y conocimientos de los que el
paciente carece, por lo que aquél sabe (y por tanto, decide) lo más conveniente
para éste. Es decir "todo para el paciente pero sin contar con él".
Un primer obstáculo al analizar este
principio es que desestima la opinión del paciente, primer involucrado y
afectado por la situación, prescindiendo de su opinión debido a su falta de
conocimientos médicos. Sin embargo, las preferencias individuales de médicos y
de pacientes pueden discrepar respecto a qué es perjuicio y qué es beneficio. Por
ello, es difícil defender la primacía de este principio, pues si se toman
decisiones médicas desde éste, se dejan de lado otros principios válidos como
la autonomía o la justicia.
Principio
de no maleficencia Abstenerse
intencionadamente de realizar acciones que puedan causar daño o perjudicar a
otros. Es un imperativo ético válido para todos, no sólo en el ámbito biomédico
sino en todos los sectores de la vida humana. En medicina, sin embargo, este
principio debe encontrar una interpretación adecuada pues a veces las
actuaciones médicas dañan para obtener un bien. Entonces, de lo que se trata es
de no perjudicar innecesariamente a otros. El análisis de este principio va de
la mano con el de beneficencia, para que prevalezca el beneficio sobre el
perjuicio.
Las implicaciones
médicas del principio de no maleficencia son varias: tener una formación
teórica y práctica rigurosa y actualizada permanentemente para dedicarse al
ejercicio profesional, investigar sobre tratamientos, procedimientos o terapias
nuevas, para mejorar los ya existentes con objeto de que sean menos dolorosos y
lesivos para los pacientes; avanzar en el tratamiento del dolor; evitar la
medicina defensiva y, con ello, la multiplicación de procedimientos y/o
tratamientos innecesarios.
Aparece por primera vez en el Informe Belmont (1978).
Principio de justicia Tratar a cada uno como corresponda, con la
finalidad de disminuir las situaciones de desigualdad (ideológica, social,
cultural, económica, etc.). En nuestra sociedad, aunque en el ámbito sanitario
la igualdad entre todos los hombres es sólo una aspiración, se pretende que
todos sean menos desiguales, por lo que se impone la obligación de tratar igual
a los iguales y desigual a los desiguales para disminuir las situaciones de
desigualdad.
Para excluir cualquier
tipo de arbitrariedad, es necesario determinar qué igualdades o desigualdades
se van a tener en cuenta para determinar el tratamiento que se va a dar a cada
uno. El enfermo espera que el médico haga todo lo posible en beneficio de su
salud. Pero también debe saber que las actuaciones médicas están limitadas por
una situación impuesta al médico, como intereses legítimos de terceros.
La relación médico-paciente se basa
fundamentalmente en los principios de beneficencia y de autonomía, pero cuando
estos principios entran en conflicto, a menudo por la escasez de recursos, es
el principio de justicia el que entra en juego para mediar entre ellos. En
cambio, la política sanitaria se basa en el principio de justicia, y
será tanto más justa en cuanto que consiga una mayor igualdad de oportunidades
para compensar las desigualdades.